Paquete de medidas contra el coronavirus

Paquete de medidas contra el coronavirus

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En el día de hoy se ha publicado un Decreto Ley en el que se recogen las medidas para afrontar la crisis provocada por el Coronavirus.

Desde LEGAL4U hemos querido aportar nuestro granito de arena y ayudar en la identificación y concreción de las medidas más destacadas, diseñadas para afrontar la grave situación económica que estamos viviendo. Las medidas tendrán un plazo de vigencia de un mes, ampliable en el caso de que el estado de alarma perdure en el tiempo, excepto aquellas con plazos específicos.

El Decreto Ley permite:

  • A las empresas afectadas por el estado de alarma (que son: las empresas que tengan que suspender o cancelar sus actividades, proceder al cierre temporal de locales de afluencia pública, realizar restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, asumir la falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad, o bien en situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretados por la autoridad sanitaria, que queden debidamente acreditados) y a los autónomos que tengan trabajadores a su cargo, igualmente afectadas por el estado de alarma:

 

  • Poner en marcha Expedientes Reguladores Temporales de Empleo (ERTE), esto es, poder despedir de forma temporal a sus trabajadores o reducir sus jornadas.

 

A los trabajadores despedidos por ERTE:

  • Recibir la prestación por desempleo (PARO), aunque no hayan cotizado el tiempo mínimo exigido.

 

Al resto de Trabajadores que no puedan trabajar porque tengan que cuidar de menores y/o mayores y/o personas dependientes:

  • Reducción de su jornada incluso hasta el 100%. La adaptación de la jornada puede incluir cambio de turno, alteración de horario, horario flexible, jornada partida o continuada, cambio de centro de trabajo, cambio de funciones, cambio en la forma de prestación del trabajo, incluyendo la prestación de trabajo a distancia, o en cualquier otro cambio de condiciones laborales. En los casos en los que el trabajador ya tuviera reducción o adaptación de jornada, puede modificarla o ampliarla.

 

  • Para fomentar el teletrabajo, se permitirá que quienes lo hagan desde casa solo tengan que afirmar en un documento que cumplen las condiciones de riesgos laborales, sin necesidad de pasar por el habitual proceso de evaluación del puesto de trabajo. También se establece que se fomentará este tipo de trabajo a distancia por encima de despidos o reducciones de jornada siempre que sea posible.

 

  • A los autónomos que, a causa de las medidas de contención del coronavirus, tengan que cesar en su actividad o vean reducida su facturación al menos en un 75%, con respecto al promedio semestral y estén al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social:

 

  • Recibir una ayuda por cese de su actividad consistente en el 70% a la base reguladora.

 

  • En todo caso, los autónomos que tengan que proceder al cese de su actividad, podrán acceder al paro para autónomos, aunque no hayan cotizado el tiempo mínimo exigido y dejarán de pagar la cuota de la Seguridad Social (RETA).

 

A los colectivos vulnerables:

  • Prohibición del corte de suministros de agua, electricidad, gas natural y telecomunicaciones a familias que sean consideras vulnerables, según los baremos establecidospara conceder el bono social de las ayudas al pago de la luz. Prohibición que entrará en vigor en abril.
  • Se prorroga a septiembre de 2020 el plazo para pedir la subvención para hacer frente a la factura eléctrica, para quienes sean beneficiarios del bono social anterior y estén obligados a pasarse al nuevo.
  • Moratoria del pago de hipotecas para personas vulnerables que vean rebajados sus ingresos a consecuencia de la crisis, sin intereses.

 

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar esta moratoria? 

  1. Ser desempleado o empresarios o autónomo, que ha sufrido una pérdida sustancial en sus ingresos o ventas (al menos de un 40%).
  1. Que el pago de la hipoteca y los suministros básicos suponga el 35% o más de los ingresos netos de la unidad familiar.
  1. Que el esfuerzo para el pago de la hipoteca haya crecido, esto es, que se haya multiplicado por 1,3.
  1. Que los ingresos de la unidad familiar en el mes anterior a la solicitud no superen:

 

  1. Tres veces el IPREM (1.613,52 €). Cuatro veces en caso de que la familia cuente con algún miembro con discapacidad, dependencia o incapacitado. Cinco veces si el deudor es discapacitado físico de al menos un 65%, o mental de un 33% o en casos de enfermedad grave que no le permita trabajar.

 

  1. Estas cantidades se incrementarán 0,1 veces el IPREM por cada mayor de 65 años y por cada hijo (0,15 veces en familias monoparentales).

 

Para todos los ciudadanos:

  • Se prohíbe el corte de las comunicaciones e internet por razones que no sean de seguridad. Las compañías deberán suspender cualquier portabilidad de línea de fijo o móvil.
  • El precio del gas natural y del butano no se actualizarán. Así, para este último, quedará fijado en 13,37 euros la bombona.

Asimismo, el Decreto Ley acuerda en relación con los aplazamientos:

  • Suspender las ejecuciones hipotecarias (desahucios) y los plazos de pago de deudas tributarias hasta el 30 de abril de 2020, siempre que los procedimientos se hubieran iniciado antes del día de hoy (18.02.2020).
  • No se reducirá ni suspenderá la ayuda de las personas que tienen que darse de alta en el paro o reanudar las prestaciones y lo hagan fuera de plazo.
  • Los servicios públicos de empleo podrán prorrogar de formar automática tanto el subsidio como las ayudas a mayores de 52 años, sin necesidad de que el trabajador presente su solicitud.
  • Los plazos para devolución de productos comprados en persona o por internet se suspenden durante la vigencia del estado de alarma.
  • Se amplía hasta el 13 de marzo de 2021 y de forma automática la validez de los DNI caducados desde la entrada en vigor del estado de alarma.

En relación a este paquete de medidas tendremos que ver la evolución del Coronavirus y como los mecanismos establecidos por el Estado se van adaptando a las circunstancias que, como hemos podido ver en los últimos días, cambian hora a hora.

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